ACLARATORIA A
LA ABOGADO THAYS PEÑALVER
Varias veces me ha llegado por las redes sociales el artículo:
“Venezuela necesita un Pérez Jiménez”, supuestamente, escrito por Thays Peñalver. Este comienza de la manera siguiente: “Para los que
creen que el Perezjimenismo hizo magia en solo 5 años o para los que nos
acostumbramos a oír que hizo las grandes obras de Caracas en su corto período
de dictador…”.
Respecto a lo anterior, me imagino y así lo creo, que esta
señora investigó los datos que ella incluye en este escrito, pero me veo
obligado a aclararle, entre otras tantas
acotaciones lo siguiente:
Ella afirma: “…Marcos Pérez
Jiménez estudiaba en Perú porque en Venezuela no habían academias militares
reales…”. Este ciudadano
venezolano, tachirense, como muchísimos otros que en su momento sentimos el
llamado de servirle a la Patria desde el mundo castrense, ingresó a la Escuela
Militar de Venezuela en el año de 1931, de donde sale graduado de Subteniente
después de haber cursado en sus aulas, tres años junto a otros veinte y ocho
compañeros (de los cuales siete eran Oficiales para la Armada Venezolana), en
el año de 1933.
Posteriormente en el año 1939, ya con el Grado de Capitán es
enviado a la ciudad de Lima, República del Perú, a efectuar un Curso de
Especialización en la Escuela Militar de
Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, el cual termina en el año 1943.
Igualmente aclaro, que la Escuela Militar de Venezuela fue
fundada el 03 de Septiembre del 1810, cuando por orden de la Junta Suprema de
Caracas y siendo el Capitán de Fragata Lino de Clemente, Secretario de Guerra,
firma la resolución mediante la cual se creó la Academia Militar de Matemáticas;
se convierte así en el Instituto Militar más antiguo para la formación de
Oficiales del Ejército de la América del Sur; mientras la Escuela Militar de
Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”
fue fundada el 16 de septiembre del 1896.
Con esta aclaratoria no pretendo crear discusiones estériles,
como decía el tipo aquel,; ni entrar en polémica por muchas de sus
consideraciones que no comparto;
solamente aclarar este punto a la abogado y escritora Peñalver para que sus
lectores tengan una mejor versión, de
ese artículo en particular y no queden “perdidos” como andaban aquellos
habitantes suecos el 30 de Febrero del
1712.
Por último y
para no dejar dudas ni crear malos entendidos respecto a las apreciaciones que
ella hace del mundo militar, solo les diré, que estaba y sigo estando de
acuerdo y respetando los preceptos contenidos en nuestra Constitución Nacional
de 1961 y que se “mantuvieron” en la de 1999:
Constitución de la República de Venezuela de 1961 (23 de enero de 1961)
Artículo 132.- Las Fuerzas
Armadas Nacionales forman una institución apolítica, obediente y no
deliberante, organizada por el Estado para asegurar la defensa nacional, la
estabilidad de las instituciones democráticas y el respeto a la Constitución y
a las leyes, cuyo acatamiento estará siempre por encima de cualquier otra
obligación. Las Fuerzas Armadas Nacionales estarán al servicio de la República,
y en ningún caso al de una persona o parcialidad política.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de fecha 30 de
diciembre del 1999
Artículo 328. La Fuerza Armada
Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia
política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía
de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la
defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la
participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta
Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio
exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política
alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la
subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la
Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral
dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un
régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva
ley orgánica.
Para concluir, por cierto, de aquella confusión sueca fue de donde se originaron estos dos
refranes: “Día de San Ciruelo, el 30 de Febrero” y: “El día de San Ciruelo, pagaré lo que debo”
Puerto Ordaz, 24 de Septiembre del 2019
MILTON R.
ABREU A.
Coronel Ejército Siglo XX
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